La temida vuelta al cole, a la guardería, o en su caso la contratación de personal para el cuidado de los niños ocasionan un gran quebranto a la economía de las familias.
AYUDAS EN EXTREMADURA CON DEDUCCIONES EN EL IRPF DE HASTA 400 EUROS. ART. 6 DECRETO LEGISLATIVO 1/2018
Beneficiarios: Contribuyentes con hijos menores de hasta 14 años a la fecha de devengo del impuesto
- Que en la fecha de devengo del impuesto los hijos tengan 14 o menos años de edad.
- Que ambos padres realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
- Que, en el caso de que la deducción sea aplicable por gastos de una persona empleada del hogar, esta esté dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
- Que en el caso de que la deducción sea aplicable por gastos en guarderías, centros de ocio, campamentos urbanos, centros deportivos, ludotecas o similares, se disponga de la correspondiente factura.
- Que se tenga derecho a aplicar el mínimo por descendiente regulado en el artículo 58 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No residentes y sobre el Patrimonio por cada uno de los hijos por los que se vaya a aplicar la deducción autonómica.
- Que la base imponible total a efectos del IRPF no exceda de 28.000 euros en tributación individual o 45.000 euros en tributación conjunta.
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